El Presidente de AGE-Andalucía, Manuel Velasco, ha escrito este artículo, al que AGE estatal se adhiere totalmente, sobre la ausencia de Justicia con las víctimas del franquismo enterradas anónimamente en fosas comunes.
LOS CUERPOS DE LAS VÍCTIMAS CONTINÚAN APARECIENDO, PERO LA JUSTICIA SIGUE DESAPARECIDA.
No murieron en ninguna guerra, ni recibieron un disparo en ninguna
trinchera. Fueron apresados, arrancados de sus familias, en muchos casos
torturados, asesinados y finalmente arrojados como animales a fosas
comunes, en las que quedaron apiladas decenas de
miles de víctimas por todo el Estado.
En Andalucía según las últimas investigaciones hay documentadas, con
nombres y apellidos unas 50.000 personas, repartidas en 708 fosas, la
mayoría sin identificar, dignificar, ni reconocer jurídicamente como
víctimas de un genocidio.
No fueron víctimas de la “guerra civil” como así suele despacharse
alegremente, sino de un plan general de exterminio. Esa interesada
denominación junto a los repetidos “dos bandos”, ocultaron la verdadera
operación que pusieron en marcha los golpistas, pueblo
a pueblo y ciudad a ciudad: LA REPRESIÓN.
Esta imagen corresponde la fosa de Pico Reja en el cementerio San
Fernando de Sevilla, donde actualmente se están llevando a cabo trabajos
de exhumación para intentar localizar las primeras 1.100 víctimas de
aquella barbarie, entre un total de 4.500 aproximadas
que pueden encontrarse en el recinto.
De los 2000 cuerpos aproximados ya rescatados, de diversas fechas y
procedencia, han aparecido hasta el momento más de 300 esqueletos con
signos evidentes de violencia, a 1,20 metros de profundidad. Dadas las
condiciones en la que están los restos, las
identificaciones serán muy escasas y complicadas.
Empujados por el movimiento memorialista, familiares y una serie de
investigadores, el ayuntamiento de la capital, la Junta de Andalucía, el
Gobierno Central y la Diputación están financiando el proyecto, pero
hay un gran ausente fundamental para aplicar el
tratamiento que por ley corresponde; el poder judicial.
El Principio 18 de la Organización de Naciones Unidas (ONU) dice
textualmente «La impunidad constituye una infracción de las obligaciones
que tienen los Estados de investigar las violaciones, adoptar medidas
apropiadas respecto de sus autores, especialmente
en la esfera de la justicia, para que sean procesados, juzgados y
condenados a penas apropiadas, de garantizar a las víctimas recursos
eficaces y la reparación del perjuicio sufrido y de tomar todas las
medidas necesarias para evitar la repetición de dichas
violaciones».
Este mismo organismo, en su Asamblea General aprobó el 12 de diciembre
de 1946, una Resolución que declaró también literalmente lo siguiente
«el origen, naturaleza, estructura y conducta general, del régimen de
Franco es un régimen de carácter fascista,
establecido en gran parte gracias a la ayuda recibida de la Alemania
nazi de Hitler y de la Italia fascista de Mussolini».
En base a esto, La Ley de Memoria Histórica Andaluza aprobada el 28 de
marzo de 2017 recogió textualmente en su exposición de motivos,
apartado III: “ Se trata por tanto de un régimen ilegal en virtud de su
ilegítima procedencia. En consecuencia, esta ley
pretende avanzar en el reconocimiento de los derechos de las víctimas
de este régimen ilegal, lo que debe suponer la aceptación del imperio de
la ley y del ordenamiento jurídico español en el marco interpretativo
del artículo 10.2 de la Constitución española.
La noción de crimen contra la humanidad busca la preservación, a través
del Derecho Penal internacional, de un núcleo de derechos fundamentales
cuya salvaguardia constituye una norma imperativa de Derecho
Internacional, y cuya preservación constituye en consecuencia
una obligación exigible a todos los Estados y por todos los Estados”.
El punto 3 del articulo 10 de la Ley Andaluza dice. “Los hallazgos de
restos se pondrán inmediatamente en conocimiento de las autoridades
administrativas y judiciales competentes.”
De la misma forma el artículo 14, expone:“La Consejería competente en
materia de memoria democrática, directamente o a través del Gabinete
Jurídico de la Junta de Andalucía, denunciará, cuando proceda, ante los
órganos jurisdiccionales la existencia de indicios
de comisión de delitos que se aprecien con ocasión de las
localizaciones, identificaciones o en relación con los hallazgos a que
se refiere esta ley.” La pregunta es, ¿donde están entonces los jueces
en las fosas, ante tantísimas violaciones y pruebas evidentes
de crímenes de lesa humanidad?.
En la fosa de Pico Reja solo hubo una visita protocolaria de la policía,
pero ninguna judicial para constatar y abrir expediente de las
numerosas pruebas de los asesinatos claramente a la vista.
El Movimiento Memorialista, los familiares de las víctimas y los
historiadores están haciendo su trabajo, pero sólo pueden condenar
“moralmente” los crímenes. ¿Donde está pues el poder judicial para
que los Tribunales de Derecho Internacional condenen al
Franquismo como un régimen genocida y violador de los Derechos
Humanos?. ¿Por qué los crímenes de lesa humanidad de la Dictadura, que no
prescriben nunca están quedando impunes ante los organismos
internacionales, sin una condena judicial firme de los tribunales
españoles?.
Sin justicia ni reparación jurídica, no hay memoria. Ni la sociedad ni los
familiares pueden conformarse con convertir las exhumaciones en
meros actos humanitarios.
No es de extrañar, por tanto, que una de las consecuencias de esa impunidad
y del vacío jurídico que carece la condena expresa al régimen
franquista, desde la Transición a la actualidad, sea la existencia de
partidos con representación parlamentaria que se sienten
aún herederos de aquel régimen fascista y criminal.
Gracias mil gracias por seguir buscando la verdad y que haya justicia algún día
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